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08/05/2026Exención en IRPF por trabajos en el extranjero (militares en UNIFIL – Líbano)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma la aplicación de la exención del art. 7.p) LIRPF a los rendimientos del trabajo percibidos por un militar español destinado en la misión de Naciones Unidas en el Líbano (UNIFIL).
La Administración había denegado la exención al considerar que el Líbano figura como país de la lista de paraísos fiscales. Sin embargo, el Tribunal, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo (sentencia de 8 de abril de 2025), concluye que la exención sí resulta aplicable.
La razón es que la tributación de estos rendimientos no es opaca y no existe riesgo de evasión fiscal, por lo que el hecho de que el país esté incluido en dicha lista no impide la aplicación del beneficio fiscal.
En consecuencia, los militares destinados en UNIFIL pueden beneficiarse de la exención del IRPF por trabajos realizados en el extranjero, siempre que se cumplan el resto de requisitos legales.
Dejamos el enlace para poder acceder a la noticia:
https://www.fiscal-impuestos.com/IRPF-exencion-art-7p-LIRPF-militar-Libano-paraiso-fiscal
FUENTE: CEF
